Autoevaluación

Campaña de Autoevaluación de Condiciones de Programa 2021

UNICERVANTES comprometida en alcanzar altos estándares de calidad académica y en el fortalecimiento de los procesos institucionales fomenta la cultura de la autoevaluación, la cual consiste en un mejoramiento continuo a partir de información basada en hechos y datos (observables y medibles), con el fin de apoyar la toma de decisiones estratégicas y fomentar el mejoramiento continuo de cada uno de nuestros programas académicos.

Es por esto que desde la oficina de Autoevaluación y Autorregulación invitamos a todos los estudiantes pertenecientes a los programas de Derecho – Mocoa, Trabajo Social – Mocoa, Finanzas y Negocios Internacionales, Ciencia Política y Teología del Campus universitario en Bogotá, a participar activamente en el proceso de Autoevaluación de Condiciones de Programa 2021 la cual se llevará a cabo en el mes de noviembre y donde nuestros estudiantes podrán conocer, reflexionar y evaluar dichos programas académicos.

Conoce y evalúa tu programa académico:

¿Qué se va a evaluar?

Las condiciones de calidad de los programas académicos según el DECRETO 1330 de 2019 del Ministerio de Educación Nacional.

Condiciones de programa

Denominación del programa

Se entiende por denominación, la asignación de un nombre al programa académico, orientada a expresar aspectos propios de una o varias disciplinas. En todo caso, la institución tendrá en cuenta lo siguiente:

  • Que la denominación o nombre del programa guarde correspondencia con el título que se va a otorgar, el nivel de formación, los contenidos curriculares y el perfil del egresado.

Justificación del programa

La institución deberá justificar la creación del programa académico dentro de los campos de educación y formación en coherencia con la modalidad o modalidades y el lugar o lugares de desarrollo, para lo cual contará con un análisis que integre, por lo menos:

  1. a) El estado de la oferta de educación del campo o campos de educación y formación del programa académico.
  2. b) La justificación de la modalidad o modalidades y del lugar o lugares en que se desarrollará el programa.
  3. c) Las necesidades de la región y del país y su articulación con la propuesta curricular,
  4. d) Justificación de los atributos o factores que representan las características diferenciales y/o similares del programa académico, frente a la oferta nacional, o cuando sea el caso extrajera, con el fin de determinar el valor agregado del programa.
  5. e) Justificación del campo o campos de educación y formación en los que se desarrollará el programa de maestría o doctorado, y la descripción de los elementos que identifican la maestría como de investigación o profundización.

Aspectos curriculares

  • La institución deberá diseñar el contenido curricular según el campo o campos de educación y formación del programa y en coherencia con la modalidad o modalidades, el nivel de formación, la tipología y la identidad institucional. El contenido curricular deberá contar con componentes formativos, pedagógicos y de interacción, con la conceptualización teórica y epistemológica del programa académico y con los mecanismos de evaluación.

    Las estrategias de flexibilización curricular, los componentes pedagógicos, los componentes de interacción y los mecanismos de evaluación del programa académico podrán ser similares en las modalidades y/o lugares de desarrollo, indicando las particularidades de cada una.

    • Componentes formativos. Son los elementos del plan general de estudios que están estructurados, organizados, integrados e interrelacionados y que soportan el proceso formativo del estudiante desde su ingreso hasta su egreso. La institución deberá hacer evidente la forma en que estos componentes sitúan al estudiante en el proceso formativo y refuerzan sus capacidades para aprender a aprender, aprender a ser, aprender a hacer y para aprender a vivir en sociedad.
    • Plan general de estudios. La institución deberá detallar el modo y el conjunto de medios en que se despliegan los propósitos u objetivos en la trayectoria o trayectorias posibles del estudiante en el proceso formativo. El plan general de estudios deberá especificar, en coherencia con la modalidad o modalidades y el lugar o lugares de desarrollo del programa académico, los requerimientos de interacción entre estudiante y profesor, lo cual se refleja en la dedicación del estudiante en tiempo al programa, con el fin de lograrlos resultados de aprendizaje establecidos, y en cumplimiento con las políticas de créditos académicos definidas institucionalmente, considerando, por lo menos:
    • Los siguientes aspectos que permitan la flexibilización curricular
    • Resultados de aprendizaje. De acuerdo con las políticas institucionales, definidas conforme al literal b) del artículo 2.5.3.2.3.1.3 del Decreto número 1075 de 2015, modificado por el Decreto número 1330 de 2019, y en armonía con el contexto social, ambiental, tecnológico y cultural en el cual se desarrollará el programa académico, la institución deberá definir los resultados de aprendizaje, en coherencia con la modalidad o modalidades y el lugar o lugares de desarrollo del programa, los cuales harán referencia a lo que el estudiante sabrá, comprenderá y será capaz de hacer, como resultado integral de su proceso formativo.
    • Perfil de egreso. La institución deberá describirlos atributos, conocimientos, habilidades y actitudes que tendrán los egresados, de tal forma que sean indicativos de la actividad profesional y de la formación integral alcanzada, y que permitan a los distintos interesados inferir las características que tiene el egresado del programa académico al terminar su proceso formativo.
    • Componentes pedagógicos. La institución deberá declarar, en coherencia con el nivel de formación, la modalidad o modalidades y el lugar o lugares de desarrollo del programa académico, el modelo o modelos pedagógicos y didácticos en los que se observen, por lo menos, la manera como se concibe el aprendizaje, la enseñanza y las estrategias didácticas, así como las herramientas tecnológicas dispuestas para favorecer la interacción entre estudiantes, y entre estudiantes y profesores, en el desarrollo de las actividades académicas y demás aspectos que propicien interacciones. Además, se deberán hacer explícitas las estrategias utilizadas para la innovación pedagógica, que evidencien la forma en la que la institución facilitará el logro de los resultados de aprendizaje.
    • Componentes de interacción. La institución deberá hacer una declaración expresa de la forma en que incorpora las dinámicas del entorno local, regional, nacional o global al proceso formativo, así como la forma en la cual hace que el aprendizaje se enriquezca por la comprensión de las particularidades del entorno social, ambiental, tecnológico y cultural.

Organización de actividades académicas y proceso formativo

Las actividades académicas son todas aquellas acciones que se realizan dentro del marco del componente formativo, encaminadas a que el estudiante alcance los resultados de aprendizaje previstos. Dichas acciones, a su vez, como parte del proceso formativo, interactúan en forma planificada y se desarrollan de forma sincrónica o asincrónica, presencial o virtual, de acuerdo con las metodologías previstas y la modalidad o modalidades de desarrollo del programa académico.

  1. a) Especificar las actividades académicas, la forma como se relacionan y se complementan entre sí, en términos de objetivos, contenidos, metodologías y aquello que hace parte del proceso formativo y se establece en el proyecto educativo del programa o el que haga sus veces.
  2. b) Definir los créditos académicos que correspondan para cada actividad académica contemplada en el plan general de estudios. Además, discriminar y justificar las horas de interacción del estudiante con el profesor, de forma sincrónica o asincrónica y las horas de trabajo independiente, acorde con el sistema institucional de créditos, con la modalidad o modalidades de desarrollo y los lineamientos pedagógicos y curriculares de la institución.
  3. c) Discriminar para cada actividad académica del plan general de estudios, las horas de interacción del estudiante con el profesor de forma sincrónica o asincrónica, en aquellas dedicadas a los componentes teórico, teórico-práctico y práctico, según corresponda, en concordancia con la modalidad o modalidades de desarrollo.
  4. d) Presentar los diseños de las actividades académicas que se desarrollarán en escenarios de práctica, de tal forma que se mantengan las equivalencias fijadas en las políticas institucionales sobre créditos académicos.
  5. e) Presentar las estrategias de seguimiento al proceso formativo del estudiante, orientadas a la obtención de los resultados de aprendizaje esperados en las prácticas formativas, a la permanencia y la graduación oportuna.

Investigación, innovación y/o creación artística y cultural.

Con base en las políticas institucionales asociadas a la investigación y según lo establecido en el artículo 2.5.3.2.3.2.6 del Decreto número 1075 de 2015, modificado por el Decreto número 1330 de 2019, la institución deberá declarar para el programa académico, la incorporación de la investigación, innovación y/o creación artística y cultural para el desarrollo del conocimiento, según el nivel de formación al que este pertenezca, teniendo en cuenta que la investigación, innovación y/o creación artística y cultural deberá reflejarse en el contacto de estudiantes y profesores, con los desarrollos de conocimiento, la creación y la innovación de la o las disciplinas, y de acuerdo con los cambios tecnológicos, creativos y de innovación.

Relación con el sector externo

Se refiere a todas aquellas actividades que el programa académico genera para lograr una articulación e interacción sistemática con las comunidades, sectores y dinámicas del medio externo, con el fin de fortalecer el desarrollo de las labores formativas, académicas, docentes, científicas, culturales y de extensión del programa y de enriquecer la práctica pedagógica. Por lo tanto, la institución deberá contar con:

  1. a) Un plan que incluya los medios, actividades y resultados esperados de la vinculación de la comunidad académica con el sector productivo, social, cultural, tecnológico, público y privado, en coherencia con la modalidad o modalidades, el lugar o lugares de desarrollo y el nivel de formación del programa académico, así como con la naturaleza jurídica, la tipología y la misión institucional.
  2. b) Mecanismos para gestionar la información de los resultados que se obtengan de la articulación de los profesores y estudiantes con la dinámica social, productiva, creativa y cultural de su contexto, para lo cual deberá prever fuentes de información propias o externas que permitan sustentar los resultados de la institución.

Profesores

Los profesores del programa académico, en coherencia con la modalidad o modalidades y el nivel de formación, así como con la naturaleza jurídica, la tipología y la misión institucional.

La institución deberá contar con un grupo de profesores que soporte el cumplimiento de las labores formativas, académicas, docentes, científicas, culturales y de extensión del programa académico. Este grupo de profesores se podrá evidenciar a través de un plan de vinculación, acorde con el avance del plan general de estudios y las demás actividades académicas a cargo del programa académico.

Cada institución, en su autonomía, deberá definir y argumentar cuántos profesores considera que se requieren para atender el cumplimiento de las condiciones de calidad de aspectos curriculares; organización de las actividades académicas y proceso formativo; investigación, innovación y/o creación artística y cultural; y relación con el sector externo, de acuerdo con las políticas institucionales definidas. Lo anterior, en coherencia con la modalidad o modalidades, el lugar o lugares de desarrollo y el nivel de formación del programa académico, la naturaleza jurídica, tipología e identidad institucional y tomando como referencia programas similares nacional e internacionalmente. Para su argumentación, la institución deberá demostrar que el número de profesores que atenderá el programa académico:

  1. a) Cubre las labores formativas, académicas, docentes, científicas, culturales y de extensión del programa académico, de acuerdo con el tipo de vinculación y la dedicación en tiempo del profesor. El profesor podrá participar en más de un programa académico, siempre que la forma de organización dispuesta permita el cumplimiento de las labores previstas, la interdisciplinariedad y la integración de profesores en la dinámica institucional.
  2. b) Es coherente con el número de estudiantes proyectado, de acuerdo con las labores académicas, formativas, científicas, culturales y de extensión, y en correspondencia con el tipo de vinculación y dedicación de los profesores.

Medios educativos

Según la naturaleza jurídica, tipología e identidad institucional, y en coherencia con a modalidad o modalidades, el lugar o lugares de desarrollo, el nivel de formación y las particularidades del campo o campos de educación y formación del programa académico, y tomando como referencia programas similares nacionales e internacionales, la institución deberá definir cuántos y cuáles medios educativos garantizarán la cobertura, actualización y pertinencia suficiente para:

  1. a) Alcanzar los resultados de aprendizaje del programa académico.
  2. b) Cumplir las labores formativas, académicas, docentes, científicas, culturales y de extensión del programa académico.
  3. c) Cubrir las necesidades de la población estudiantil y profesoral, previstas para el programa académico, de acuerdo con las diferencias culturales y digitales.

La institución puede contar con estos medios educativos, bien sea porque son de su propiedad o bien porque tiene un acuerdo de voluntades o un convenio con otra institución, entidad o empresa que pueda disponer de los medios necesarios para alcanzar los resultados de aprendizaje propuestos y el cumplimiento de las labores académicas, formativas, docentes, científicas culturales y de extensión del programa académico.

Infraestructura física y tecnológica

Características de la infraestructura física y tecnológica. La institución deberá disponer de la infraestructura física y tecnológica proyectada en ambientes de aprendizaje para cubrir el plan general de estudios, así como para atender las actividades académicas y administrativas del programa, teniendo en cuenta las particularidades del campo o campos de educación y formación, las labores formativas, académicas, docentes, científicas, culturales y de extensión del programa, en coherencia con la modalidad o modalidades, el lugar o lugares de desarrollo y el nivel de formación del programa académico.